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Concepto 460571 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El otorgamiento de prima de servicio por vía de Convención Colectiva a favor de trabajadores oficiales, es válido, por cuanto la legislación vigente sobre la materia, como el artículo 2.2.30.3.5 del Decreto 1083 de 2015, establece que entre otros, los trabajadores oficiales se rigen por la Convención Colectiva en sus condiciones laborales. |