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Concepto 460371 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados públicos tienen derecho a la prima de navidad que hubieran laborado todo el año y esta se liquidará y pagará con base en el último salario devengado, o en el último promedio mensual, si fuere variable teniendo en cuenta los factores señalados en el artículo 33 del Decreto - Ley 1045 de 1978 que efectivamente perciba el trabajador oficial. |