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Concepto 451571 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Conforme al decreto 1045 de 1978 en sus artículos 8 y 12, se puede establecer que los empleados públicos y los trabajadores oficiales tienen derecho a un descanso compensado de quince (15) días hábiles por cada año de servicio. El funcionario público deberá haber cumplido dichos requisitos para que le sean otorgadas sus vacaciones. |