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Concepto 449231 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los concejos se instalarán y elegirán a los funcionarios de su competencia en los primeros diez días del mes de enero correspondiente a la iniciación de sus períodos constitucionales. La elección de su secretario general deberá efectuarse dentro de los diez primeros días del mes de enero del período constitucional, por el término de un año calendario, que culmina el 31 de diciembre del respectivo año. En caso de configurarse la falta absoluta, habrá nueva elección para el resto del período. Las ausencias temporales las reglamentará el Concejo. |