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Sentencia 448 de 2020 - Corte Constitucional

Corte Constitucional declara exequible los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 8 y 10 del Decreto Legislativo 678 del 2020, "Por medio del cual se establecen medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de las entidades territoriales, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 de 2000", asi mismo declaró inexequible los artículos 6, 7 y 9 de mencionada norma.

Sentencia 448 de 2011 - Corte Constitucional

La discrecionalidad con que cuenta el nominador respecto de los cargos de libre nombramiento y remoción no puede ser entendida con un carácter absoluto por cuanto puede constituirse en un acto arbitrario ajeno al Estado de Derecho. Por el contrario, la discrecionalidad relativa no está emparejada con la subjetividad del funcionario nominador sino que tiene relación con las circunstancias de hechos, las circunstancias de oportunidad y la conveniencia que puede darse con la toma de la decisión; así las cosas, en principio, los actos de desvinculación de las personas que ocupan cargos de libre nombramiento y remoción no requieren motivación y facultan al nominador a remover libremente a quienes lo ocupan.

Sentencia 448 de 2005 - Corte Constitucional

La Corte Constitucional declaró inexequibles las expresiones “con concepto previo favorable de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda” contenidas en el artículo 42 de la Ley 590 de 2000 tal como quedó modificado por el artículo 21 de la Ley 905 de 2004 “por medio de la cual se modifica la Ley 590 de 2000 sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana y se dictan otras disposiciones”.

Sentencia 448 de 1997 - Corte Constitucional

En el caso de vacancia absoluta del cargo, por revocatoria del mandato, por destitución, por muerte, renuncia o cualquier situación en que definitivamente la alcaldía deja de tener un titular elegido popularmente, debe iniciarse el proceso electoral aún en fecha diferente a la establecida por la L163/94, estatutaria en materia electoral: el último domingo de octubre. "Las fechas de elección e iniciación del período de alcaldes no deben coincidir imperativamente con las de otras autoridades locales pues en la Constitución nada impide que el período de alcaldes y gobernadores sea individual".

Sentencia 448 de 1996 -

Sentencia 448 de 1996 - Corte Constitucional

La cesantía constituye una forma de remuneración laboral, por lo cual los trabajadores tienen derecho a que éstas no pierdan su valor adquisitivo, debido a la ineficiencia de las entidades pagadoras y a los fenómenos inflacionarios. La sanción moratoria impuesta por la ley busca penalizar económicamente a las entidades que incurran en mora, y por ello su monto es en general superior a la indexación. En ese orden de ideas, no resulta razonable que un trabajador que tenga derecho a la sanción moratoria impuesta reclame también la indexación, por cuanto se entiende que esa sanción moratoria no sólo cubre la actualización monetaria sino que incluso es superior a ella.