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Decreto 4450 de 2008 - Nivel Nacional Adiciona el art. 305 del Código Penal respecto del delito de usura, indicando que en caso que cualquiera de las conductas referidas en el artículo citado, se efectúe utilizando la figura de la venta con Pacto de Retroventa o del mecanismo de Cobros Periódicos que se defina en el reglamento, se aumentará la pena de 48 a 126 meses y multa de 133.33 a 600 salarios mínimos legales mensuales vigentes. |