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Concepto 44491 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los pensionados del sector público pueden celebrar contratos de prestación de servicios con el Estado y por consiguiente percibir, ademas de su asignación pensional, remuneraciones del tésoro público denomiadas honorarios, pago o contraprestacion económica por servicios prestados en cumplimiento de un contrato legalmente celebrado. |