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Concepto 441811 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una persona que haya suscrito un contrato de prestación de servicios con un ente territorial, no se encuentra inhabilitada para ser elegida como Contralor Departamental, por cuanto ésta no desempeña un cargo público en la rama ejecutiva del orden departamental, distrital o municipal, tal como lo establece la prohibición que se encuentra contemplada en el artículo 272 Constitucional. |