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Concepto 42451 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una persona que fungió como Personero Municipal, aun en el caso de encargo, estaría impedida para tomar posesión de un cargo público dentro del año siguiente a su retiro como Personero, dado que las incompatibilidades de este último para desempeñar otro cargo público o privado diferente, tendrán vigencia durante el período para el cual fue elegido y se extienden hasta doce (12) meses posteriores al vencimiento del período respectivo o la aceptación de la renuncia. |