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Concepto 395961 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "De acuerdo con lo previsto en la legislación actual, no se considera procedente que mediante acuerdo sindical se modifique una norma con fuerza de ley, como es el caso del Decreto Ley 2400 de 1968, en consecuencia, en el marco jurídico actual el permiso remunerado se encuentra previsto por necesidades del empleado y medie la respectiva justificación a criterio del jefe del organismo. Lo anterior, máxime cuando es deber de los servidores públicos cumplir con la jornada laboral y las funciones asignadas en el ejercicio del empleo; por cuanto, estas situaciones derivan en el pago de la remuneración por servicios efectivamente prestados." |