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Concepto 395891 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos únicamente pueden participar en las actividades y controversias políticas en las condiciones que señale la Ley Estatutaria; la inhabilidad tanto para alcalde como concejal sólo son aplicables a los empleados públicos y, no a los trabajadores oficiales; por ende, puede continuar en el desempeño de sus funciones hasta antes de iniciar las actividades propias de la contienda electoral, en tanto como servidor público tiene prohibido participar en política. |
Concepto 395891 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Si el municipio es de primera, segunda o tercera categoría, se contempla la inhabilidad para ser designado en el cargo de asesor, coordinador, auditor interno o cargo similar, como el de Jefe de Control Interno, pues la prohibición incluye a los parientes del concejal que se encuentren hasta en cuarto grado de consanguinidad, entre ellos, los primos, configurándose así la inhabilidad contenida en el primer inciso del artículo 49 de la Ley 617." |