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Concepto 395281 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Como quiera que no existe regulación especial para la reconstrucción de documentos oficiales, se considera viable que la Administración estudie la posibilidad de acudir al procedimiento para la reconstrucción de expedientes establecido en el artículo 133 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se sugiere que se revise cuáles son los numerales contenidos en dicho artículo que operan de acuerdo con las competencias que tenga la Entidad, con el fin de garantizar la reconstrucción del documento, dicho análisis y decisión es propio de la entidad. |
Concepto 395281 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Teniendo como precepto que el conciliador en equidad es un particular, que no se encuentra clasificados como miembro de las corporaciones públicas, ni como empleado o trabajador del Estado y no cuenta con una vinculación legal o reglamentaria, o mediante contrato de trabajo, no será procedente considerarlo en ningún caso como empleado público. |