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Concepto 394851 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La licencia no remunerada, es una situación administrativa dentro de la que se puede encontrar cualquier empleado público y esta pude ser ordinaria o para adelantar estudios. En cuanto a la licencia no remunerada ordinaria la norma establece que deberá ser solicitada por escrito al nominador por un término de hasta por sesenta (60) días continuos o discontinuos y en caso de ser necesario el empleado podrá solicitar treinta (30) días hábiles más siempre y cuando medie justa causa. Asimismo, en caso de requerir licencia para adelantar estudios la norma determina que esta se otorga al empleado que por motivos de estudios tenga que apartarse de sus funciones y se concede por un término de doce (12) meses prorrogables por dos (2) periodos iguales."

Concepto 394851 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se encuentra prohibición alguna que impida al hermano de un edil, ser nombrado como servidor público en el ente territorial donde resultó electo su pariente, siempre y cuando el edil no sea su nominador y que aquel cumpla con los requisitos requeridos para acceder al cargo para el cual es designado o elegido.