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Concepto 386381 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es procedente que, en una Empresa Industrial y Comercial del Estado de una entidad territorial, se garantice la estabilidad laboral reforzada para quien se encuentra como titular del empleo de jefe de control interno por faltarle 3 años para obtener su derecho a pensión de vejez, toda vez que su naturaleza de periodo fijo, producirá el retiro del servicio del servidor en los términos dispuestos en la Ley 1474 de 2011, esto es de 4 años. |