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Concepto 385611 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Las sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas son de obligatorio cumplimiento, con sujeción estricta a sus términos y condiciones. De tal manera que las entidades deben realizar todas las acciones necesarias para dar cumplimiento a las sentencias emitidas por los distintos Despachos Judiciales, dentro de los términos legalmente establecidos y con sujeción a las condiciones señaladas en los respectivos fallos judiciales. Ser podrá solicitar al despacho judicial la correspondiente aclaración de la providencia con el fin que sea el Juez de conocimiento quien determine cómo se debe reconocer y pagar la seguridad social y prestaciones sociales cuando se ha proferido una sentencia que declara la suspensión provisional al cargo del Contralor departamental." |