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Concepto 384161 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Por expresa disposición legal, el encargo en un empleo público de libre nombramiento y remoción que presenta vacancia definitiva se podrá otorgar hasta por el término de tres (3) meses, prorrogable por tres (3) meses más, vencidos los cuales el empleo deberá ser provisto en forma definitiva; no obstante, y en aplicación de lo contenido en el numeral 17 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, es procedente que un empleado público permanezca en el ejercicio de las funciones del mismo, hasta que se posesione quien deba reemplazarlo.