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Concepto 383761 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados que desempeñen funciones en el área asistencial de la salud, se encuentran dentro de la excepción señalada por la Constitución y regulada por la Ley 4 de 1992, y en consecuencia, no habrá impedimento legal para que un empleado se vincule con otra entidad particular o con otra institución pública cualquiera sea la modalidad de su relación, siempre y cuando se den los requisitos exigidos por la ley, esto es, que no haya cruce de horario y que el total del tiempo de las vinculaciones con el Estado no sobrepasen de 12 horas diarias y 66 a la semana, además, que los servicios que va a prestar en las entidades públicas se relacionen directamente con servicios asistenciales de salud. |
Concepto 383761 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La norma es clara en determinar que se deberá practicar la inspección ocular sobre el inmueble con el fin de verificar la necesidad de la obra solicitada por el empleado, con el fin de realizar el reconocimiento de la prestación. |