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Concepto 380681 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para la liquidación de la prima de navidad, se deberá tener en cuenta los factores señalados en el artículo 33 del Decreto ley 1045 de 1978 y para la liquidación de las cesantías, se deberán tener en cuenta los factores salariales consagrados en el artículo 45 del Decreto ley 1045 de 1978, siempre y cuando se hayan causado y se le hayan pagado al empleado a la fecha de liquidación de las cesantías por retiro del servicio. |