Filtros de búsqueda
Resultados
Concepto 380101 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública No existe inhabilidad alguna para que un servidor público, distinto de los abogados, preste servicios en el ámbito privado -siempre y cuando en el desarrollo de esas actividades privadas no se preste asistencia, representación o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del empleo del cual es titular en el sector público y dedique la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, es decir, que el desempeño de sus actividades privadas no interfiera con el óptimo desempeño de sus funciones en el sector público-, sin embargo, se considera que el servidor público no puede celebrar contratos con otras entidades estatales ni con personas privadas que manejen o administren recursos públicos por sí o por interpuesta persona. |
Concepto 380101 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública No hay norma vigente que consagre la posibilidad de otorgamiento de prima técnica para los empleados de las entidades del nivel territorial. |