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Concepto 379781 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Toda designación de empleo que se realice a un servidor público (incluida el encargo), deberá estar seguida de la posesión, razón por la cual es viable manifestar que en todo encargo debe surtirse la posesión en el empleo. En consecuencia, una vez encargada y posesionada la persona, devengará la asignación salarial establecida para el cargo del cual se posesionó, no siendo procedente continuar percibiendo la remuneración del cargo del nivel anterior pues se entiende que se separa del cargo, puesto que la persona que fue encargada, lo aceptó de manera libre y espontánea y se posesionó del empleo. |