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Concepto 378691 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Ante la vacancia temporal o definitiva del empleo de Jefe de Control Interno en una entidad de la Rama Ejecutiva del orden nacional, es procedente en primer lugar, que se encargue a un servidor de libre nombramiento y remoción o de carrera de la entidad, no necesariamente de la Oficina de control interno, siempre y cuando acredite los requisitos para el cargo. En segundo lugar, se considera viable aplicar la figura de encargo interinstitucional, es decir que a través del Ministro o Director de Departamento Administrativo como cabeza de sector, se pueda encargar a un servidor de otra entidad del mismo sector, para suplir la vacancia. |