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Concepto 378051 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos, en su respectiva jurisdicción, podrán: Inscribirse como miembros de sus partidos A los empleados del Estado que se desempeñen en la Rama Judicial, en los órganos electorales, de control y de seguridad les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio. A los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo se les aplican las limitaciones contempladas en el artículo 219 de la Constitución. |