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Concepto 37431 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando hay un fallo que ordena el reintegro del ex servidor sin solución de continuidad, se constituye una ficción legal a partir de la expedición de la sentencia como si no se hubiera presentado interrupción en el servicio. Así las cosas, cuando un juez ordena el reintegro de un empleado público, se produce la no solución de continuidad. De manera que el contrato se restablece y se hace de cuenta que nunca existió una interrupción, por lo que el empleador se ve obligado a cancelar los salarios y prestaciones sociales al trabajador durante el tiempo que por su culpa no prestó sus servicios.