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Concepto 373831 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es deber de todo funcionario público acreditar los requisitos exigidos por la ley, y los manuales internos para llevar a cabo posesión y desempeñar el cargo, razón por la cual la Ley prohíbe nombrar o designar, en cargos públicos, personas que no reúnan los requisitos constitucionales, legales o reglamentarios, o darles posesión a sabiendas de tal situación. En ese sentido, la revisión del cumplimiento de requisitos para el ejercicio de un empleo público debe darse al momento del nombramiento y posesión del empleado, sin que tenga injerencia que durante el ejercicio del cargo, el empleado cumpla con los requisitos para ejercerlo.