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Concepto 365621 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios, salvo lo que se disponga en normas especiales; deben concederse por quien corresponda, oficiosamente o a petición del interesado, dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho a disfrutarlas, por lo que no es posible conceder las vacaciones sin antes cumplir el tiempo mencionado por la ley.