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Concepto 363941 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La clasificación de los empleos públicos la otorga la ley, en ese sentido la Administración no podrá modificar la clasificación del empleo de tesorero del nivel profesional, el cual será de libre nombramiento y remoción, siempre que las funciones asignadas al mismo impliquen la administración y el manejo directo de bienes, dineros y/o valores del Estado. En el caso de que el empleo sea de carrera administrativa, su provisión debe efectuarse a través del mérito, es decir, deben ser cargos convocados a concurso. Mientras ello ocurre, podrán ser provistos mediante encargo con empleados de carrera administrativa. De no poder efectuarse el encargo a empleados de carrera, podrán proveerse estos empleos de manera excepcional mediante nombramiento provisional. |