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Concepto 362961 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El empleado público tiene derecho a permiso remunerado hasta por tres (3) días, cuando exista justa causa, se entiende que se pueden otorgar en el año tantos permisos remunerados de tres (3) días como sean necesarios, siempre que concurran las dos condiciones señaladas en la norma, es decir, que haya justa causa y que el jefe del organismo los autorice, de igual forma, será él, el encargado de establecer qué número de días otorga sin exceder el máximo de tres (3) días que establece la disposición señalada atendiendo el principio de razonabilidad para sopesar la situación particular."