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Concepto 359461 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La supervisión de contratos de prestación de servicio la realizara la entidad a través de sus empleados públicos, así mismo que el personal contratado a través de contratos de prestación de servicios es para acompañar las labores administrativas de los supervisores y solo serán de apoyo para dicha gestión y no tendrá en cabeza contratos a supervisar. |