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Concepto 354841 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de setenta (70) años. Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia. Quienes hayan cumplido los requisitos para acceder a la pensión de jubilación deberá comunicar a la administración su voluntad de permanecer en el ejercicio de su cargo hasta los 70 años, con la obligación de seguir contribuyendo al régimen de seguridad social y al continuar, el empleador deberá seguir aportando al sistema, cotizar en los porcentajes que por ley les corresponde. |