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Concepto 354631 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios, salvo lo que se disponga en normas o estipulaciones especiales. En los organismos cuya jornada semanal se desarrolle entre lunes y viernes, el día sábado no se computará como día hábil para efecto de vacaciones.Las vacaciones deben concederse por quien corresponde, oficiosamente o a petición del interesado, dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho a disfrutarlas. |
Concepto 354631 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El reconocimiento por coordinación solamente tiene como destinatarios los empleados que prestan sus servicios en entidades del orden nacional, sin que la misma se haya hecho extensiva a los empleados de las entidades del nivel territorial. |