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Concepto 354061 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado público de carrera de una entidad del orden territorial, que, a 30 de junio del respectivo año, no haya trabajado el año completo y sea retirado del servicio, tendrá derecho al reconocimiento y pago de la prima de servicios en forma proporcional, por el tiempo efectivamente laborado. |