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Concepto 35151 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos no incluidos en el artículo 27 de la Constitución podrán presentarse en actividades de los partidos y movimientos políticos, siempre y cuando no se utilice el empleo como medio de presión sobre los ciudadanos para favorecer a determinada causa o campaña y corresponde al interesado establecer hasta que fecha permanecerá en su cargo para efectos de establecer cuando será el inicio de sus actividades en la contienda electoral. |