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Concepto 349621 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública El pago en dinero de la dotación será procedente cuando el empleado público se retire del servicio sin haberla recibido, como en la presente consulta, caso en el cual la administración podrá reconocerla de manera oficiosa al momento de la liquidación laboral, dado que es una acreencia laboral a favor del exempleado o será igualmente procedente efectuar su liquidación a solicitud del correspondiente exempleado. |