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Concepto 348751 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Un aspirante a un concejo municipal no está inhabilitado para suscribir contratos con entidades públicas. Sin embargo, en caso de resultar electo, la suscripción de dicho contrato dentro de los doce meses previos a la elección, lo inhabilitará para el ejercicio como concejal, en los términos que se han dejado indicados. |