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Concepto 34581 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Al encontrarse el titular del empleo en sus vacaciones, a éste previamente a salir a disfrutarlas le fueron pagadas, situación en la cual, se entiende que el reconocimiento y pago de las vacaciones fueron erogaciones pagadas por la entidad, lo cual si se reconociera la diferencia salarial del encargo por un lado y las vacaciones a un empleado por otro, se estaría constituyendo un doble pago proveniente de una misma obligación e incurriendo en un detrimento del tesoro Nacional. |