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Concepto 343401 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La forma de publicar los actos administrativos de carácter general expedidos por las entidades y órganos del orden nacional es su publicación por medio del Diario Oficial. En cuanto a los actos de carácter general expedidos por las personas jurídicas constituidas como asociaciones y fundaciones para el cumplimiento de las actividades propias de las entidades públicas con participación de particulares, a las que se refiere el artículo 96 de la Ley 489 de 1998, se infiere que podrán publicarse a través de medios alternativos como por ejemplo el diario, gaceta o boletín que se destinen para ese objeto, o en un periódico de amplia circulación en el territorio donde sea competente quien expide el acto, entre otros, bajo el entendido de que éstas personas jurídicas no son entidades u órganos del orden Nacional. |