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Concepto 343211 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los viáticos hacen referencia a los gastos de alimentación y alojamiento que genere la situación administrativa de comisión de servicio, los gastos de transporte a su vez, deberán ser asumidos por la entidad que disponga la comisión de servicio ya que estos son variables dependiendo del destino que la entidad disponga para la ejecución de la labor del funcionario en cuestión; puede hacer el pago de estos a disposición del manual de funciones de la entidad. Es posible que se genere el reconocimiento y pago de viáticos (alojamiento y alimentación) y gastos de transporte, de tal manera que, el empleado público cumpla con las actividades asociadas al ejercicio de su empleo cuando este deba desplazarse fuera de la sede de la entidad. |