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Decreto 3422 de 2009 - Nivel Nacional Reglamenta la implementación de los Sistemas Estratégicos de Transporte Público (SETP) del país, el cual se aplicara integralmente en las ciudades que cuenten con cofinanciación de la nación, de acuerdo con los requisitos establecidos en el presente decreto y el artículo 52 de la Ley 1151 de 2007. Define los sistemas estratégicos de las empresas administradoras integrales. Determina los objetivos del SETP, las autoridades competentes, los requisitos para la financiación, el esquema de administración de los recursos, los agentes, el modelo de operación de prestación del servicio, el esquema empresarial, el sistema de recaudo centralizado, el sistema de gestión y control de flota. Indica que a partir de la entrada en operación del SEPT, los permisos de operación de rutas otorgados a las empresas de transporte público colectivo y mixto, serán reemplazados por la nueva red de servicios, de acuerdo con los estudios técnicos. |