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Concepto 341611 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es procedente reconocer y pagar un anticipo de cesantías para estudio para pagar una obligación a la persona que prestó el dinero para financiar estudios de un empleado o su grupo familiar pese al compromiso del empleado de pagar ese crédito, se reitera la norma es taxativa en indicar que el dinero será girado a la entidad. |