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Concepto 340051 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los grupos internos de trabajo se mantienen con los 4 empleos asignados, por lo que si se presenta una vacancia definitiva (por renuncia) en uno de los empleos conlleva a una disolución automática del grupo. No obstante, como la norma exige que esté conformado por 4 integrantes, la administración deberá proceder a recomponer el grupo disponiendo la provisión del empleo vacante. Mientras tanto, el coordinador perderá su prima por coordinación, toda vez que el grupo de trabajo no estaría conformado por el número mínimo de empleados requeridos por la norma.