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Concepto 339591 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados(as) públicos(as) con derechos de carrera administrativa en encargo pueden ser objeto de un proceso de reubicación. Por cuanto, dicho movimiento de personal obedece a la necesidad de la entidad para ubicar el personal y distribuir los empleos en las áreas que se requieran dentro de las plantas de personal global, de acuerdo con los perfiles requeridos para el ejercicio de las funciones, la organización interna, las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos trazados por la entidad. |