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Decreto 338 de 2022 - Nivel Nacional Adiciona un titulo con el fin de establecer los lineamientos generales para fortalecer la gobernanza de la seguridad digital, se crea el Modelo y las instancias de Gobernanza de Seguridad Digital y se dictan otras disposiciones |
Sentencia 338 de 2019 - Corte Constitucional Si bien el término de prescripción de las acciones de reintegro y levantamiento de fuero sindical es de 2 meses, dicho término debe observarse y aplicarse conforme a: (i) la justa causa alegada en la acción de levantamiento de fuero sindical, es decir, que no se extienda en el tiempo; y (ii) la oportunidad de la justa causa respecto de la formulación de la acción. |
Decreto 338 de 2019 - Nivel Nacional Modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción. |
Decreto 338 de 2018 - Nivel Nacional Dicta unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y otras disposiciones. |
Sentencia 338 de 2014 - Corte Constitucional Estudia la constitucionalidad del artículo 119 de la Ley 1474 de 2011, en lo que respecta al principio solidaridad aplicable en los procesos de responsabilidad fiscal, acciones populares y acciones de repetición en los cuales se demuestre la existencia de daño patrimonial para el Estado proveniente de sobrecostos en la contratación u otros hechos irregulares. |
Sentencia 338 de 2011 - Corte Constitucional Estudia la constitucionalidad del artículo 53 de la Ley 734 de 2002, en relación con su aplicación a las empresas de economía mixta. |
Sentencia 338 de 2006 - Corte Constitucional La Corte declarará la exequibilidad de los artículos 2° y 8° de la Ley 678 de 2001 y del inciso segundo del artículo 31 de la Ley 446 de 1998 (mediante el cual se modificó el artículo 86 de lo Código Contencioso Administrativo), ya que el legislador tiene competencia para determinar la forma, los procedimientos y los instrumentos con los cuales el Estado hace efectiva la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos, de los ex servidores y de los particulares que ejercen funciones públicas y en que al expedir las normas acusadas no desbordó tal competencia. |