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Concepto 336491 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el caso que la entidad advierta que un servidor público ha sido vinculado sin el cumplimiento de las formalidades que la norma exige, en atención al pronunciamiento del Consejo de Estado y teniendo en cuenta que existen en el ordenamiento jurídico postulados de rango Constitucional que garantizan la primacía de la realidad sobre las formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales, la entidad deberá examinar las circunstancias de su vinculación y en el evento que advierta que se encuentra frente a un “funcionario de hecho”, deberá normalizar la situación, este estudio deberá realizarlo la administración a su interior de acuerdo con los documentos y los medios probatorios de que disponga y tener en cuenta las condiciones para que sea retirado del servicio un empleado público vinculado en provisionalidad. |
Concepto 336491 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública los empleos del nivel asistencial realizaran funciones de apoyo, caracterizado por el predominio de actividades manuales o de simple ejecución; por consiguiente, quienes se vinculen en los empleos del nivel Asistencial la administración deberá exigirles como requisito máximo Diploma de Bachiller en cualquier modalidad y experiencia. |