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Concepto 336411 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social, se haran en la proporción que por ley le corresponde, el cual para el caso de salud la norma ha fijado como aporte para el empleador el 8.5% y para el trabajador el 4% del ingreso laboral del afiliado, para el caso de pensión le corresponde al empleador el 12% y el trabajador el 4%. |