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Concepto 336011 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

si el Personero municipal renuncia o fallece, a efectos de cubrir dicha vacancia absoluta, el respectivo Concejo deberá, en primer lugar, designar a la persona que siga en la lista de elegibles del concurso méritos que se adelantó en el mes de enero al inicio del periodo constitucional para la elección del cargo de Personero, de no existir nadie en la lista de elegibles, el Concejo Municipal deberá designar un Personero en encargo, mientras la respectiva Corporación estructura y adelanta el concurso de méritos para la provisión definitiva del cargo,