Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 331391 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Aun cuando los meses sean de 28, 29, 30 o 31 días, se deben liquidar sobre la base que son 30 días de acuerdo con los servicios efectivamente prestados, y el reconocimiento de elementos prestacionales, se deben liquidar de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado. Así mismo, no existe norma que indique la fecha exacta de pago a los empleados públicos, aunque según lo indica la jurisprudencia que el mes laboral es de 30 días, esta Dirección Jurídica considera que es potestativo de la entidad determinar el día para el pago de los servidores públicos, teniendo en cuenta que paga por los días efectivamente laborados.. |