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Concepto 331381 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado de carrera perteneciente a una entidad del orden nacional que pasa posteriormente al orden territorial, cuyo empleo del nivel profesional cambia de código y de grado, o que siendo del nivel asistencial pasa al nivel técnico, conserva sus derechos de carrera administrativa, y en este caso, el jefe de la unidad de personal o quien haga sus veces, de la entidad en la cual están vinculados los empleados de carrera, deberá solicitar ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, la actualización de la inscripción en el Registro Público de Empleados de Carrera Administrativa, y la notificación de la actualización en la carrera administrativa se cumplirá con la anotación en el Registro Público de Carrera |