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Concepto 330421 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública la facultad para decidir si prima la estabilidad laboral reforzada de la empleada embarazada nombrada con carácter transitorio, o el derecho a ser reintegrado al servicio del empleado con derechos de carrera una vez finalizada la licencia o las vacaciones, corresponde a la administración y, en este caso, si decide por el retiro de la empleada en licencia de maternidad será necesario que previamente trámite el permiso o la autorización ante el Ministerio de Trabajo o la autoridad competente por disposición del Legislador. |