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Decreto 33 de 2015 - Nivel Nacional Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 4819 de 2007, modificado por los Decretos 1207 de 2008 y 3409 de 2008. |
Decreto 33 de 2011 - Nivel Nacional El artículo primero (1°) del Decreto 4834 del 30 de diciembre del 2010 quedará así "Fijar a partir del primero (1°) de enero del año 2011, como salario mínimo legal mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural, la suma de quinientos treinta y cinco mil seiscientos ($535.600,00) pesos moneda corriente". |
¿ el Distrito Capital estaba y está obligado a transferir a partir del siete (7) de agosto de 2002 en favor de la Federación Colombiana de Municipios (FCM) el 10 por ciento (diez) por ciento de que trata el artículo 10 de la ley 769 de 2002 del total del recaudo por multas y sanciones por infracciones de tránsito ocurridas en su territorio para implementar, mantener actualizado a nivel nacional y administrar un sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito (SIMIT) con el propósito de contribuir al mejoramiento de los ingresos de los municipios¿ el sistema de información SIMIT es uno solo, que tiene carácter nacional, así lo alimenten una variedad de órganos de transito terrestres locales o territoriales¿ el Distrito Capital no podía ni puede operar en materia de transito y transportes por fuera del sistema único de carácter nacional creado por el legislador, porque, daría al traste con el propósito superior de proteger el interés colectivo, no solo de quienes habitan o residen en Bogotá D.C., sino de aquellos que habitan la totalidad del territorio nacional, que constituye el interés nacional, que es el derecho que se protege con la expedición de la ley 769 de 2002. |
Decreto 33 de 2008 - Nivel Nacional se fijan las asignaciones básicas mensuales, la prima de costo de vida, el subsidio por dependientes, los gastos de representación y se dictan otras disposiciones en materia salarial para los funcionarios diplomáticos, consulares, y administrativos del servicio exterior de la República de Colombia. |
Decreto 33 de 1996 - Nivel Nacional Establece la prima de seguridad para algunos funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. |
Ley 33 de 1990 - Nivel Nacional Por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. |
Ley 33 de 1985 - Nivel Nacional El empleado oficial que sirva o haya servido veinte años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación, art. 1. La Caja de Previsión obligada al pago de pensión de jubilación, tendrá derecho a repetir contra los organismos no afiliados a ellas, o contra las respectivas Cajas de Previsión, art. 2. Todos los empleados oficiales de una entidad afiliada a cualquier Caja de Previsión, deben pagar los aportes que prevean las normas de dicha Caja, art. 3. Pensión sanción, art. 4. a 6. Pago de cesantías, cargo, presupuesto, caja de previsión, art. 7 a 15. |
Ley 33 de 1973 - Nivel Nacional Ley 33 de 1973 Se transforman en vitalicias las pensiones |
Ley 33 de 1968 - Nivel Nacional Ley 33 de 1968 Se produce el fortalecimiento de los fiscos seccionales y municipales |