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Concepto 328421 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima de navidad se pagará de conformidad con los factores que haya causado a 30 de noviembre de cada anualidad el empleado, y se pagará dentro de los 15 primeros días del mes de diciembre, es decir el cálculo, se deberá hacer hasta el 30 de noviembre de cada año de conformidad con lo dispuesto en la norma previamente referida. |